
Durante una reunión extraordinaria encabezada ayer por el presidente del CNSS, Max Puig, ese organismo emitió la resolución 273-01 donde solicita a la Asociación de Clínicas y Hospitales Privados (Andeclip) acogerse a las disposiciones de la Ley 87-01 y sus reglamentos.
Insta además a la Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales (Sisalril) a adoptar las acciones que correspondan en ese caso, tomando en cuenta lo establecido en la ley y el reglamento de infracciones y sanciones.
Dice que como órgano rector del Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS) rechaza la decisión unilateral e ilegal tomada por Andeclip de aumentar la tarifa en un 14 por ciento en todos los servicios, medida que, asegura, afecta considerablemente al sistema y especialmente a los afiliados.
El gerente general del CNSS, Rafael Pérez Modesto, informó que la resolución detalla que Andeclip, también debe cumplir con acuerdos pactados entre esa entidad y las Administradoras de Riesgos de Salud (ARS) avalado por la Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales (Sisalril), así como las normas vinculada con el tema.
Explicó que la disposición del CNSS instruye a todas las instancias que conforman el SDSS, sean estas públicas o privadas, a cumplir con los roles y funciones que la Ley 87-01 y sus normas complementarias le han atribuido.
Dijo que de manera específica se solicita que Sisalril tome las acciones correspondientes en atención a las consecuencias surgidas a raíz de las acciones de Andeclip, en apego a lo dispuesto en el artículo 178 de la Ley 87-01, así como del reglamento de Infracciones y Sanciones al Seguro Familiar de Salud y el Seguro de Riesgos Laborales, aprobado por el Consejo mediante la resolución número 169-04.
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